Impuestos venta de acciones: cómo declarar la ganancia

Conoce cómo calcular y declarar en México las ganancias o pérdidas por vender acciones, qué tasa aplica y qué información debes revisar ante el SAT.

Tabla fiscal estilizada para revisar ganancias y pérdidas por venta de acciones
Declarar una venta bursátil exige conectar el precio, el costo, las comisiones y la constancia fiscal del ejercicio correspondiente.

Para el ejercicio fiscal 2026, la ganancia por vender acciones mediante una bolsa reconocida en México está sujeta, en términos generales, a una tasa de ISR de 10% sobre la ganancia obtenida. La declaración anual te corresponde a ti, aunque el intermediario debe entregarte información y constancias para preparar el cálculo. Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Artículo actualizado en esta guía el 12 de agosto de 2026.

La dificultad de los impuestos sobre la venta de acciones no suele estar en encontrar la tasa. Está en identificar el costo correcto, separar cada operación, considerar comisiones y conservar los documentos que explican de dónde salió la cifra.

Antes de actuar, revisa el tratamiento de las pérdidas. Tienen reglas y plazos específicos de aplicación, y una pérdida no se puede usar de manera automática contra cualquier otro ingreso. La Ley del ISR y la información de tu intermediario deben leerse juntas.

Qué se considera ganancia de capital

Una ganancia de capital aparece cuando el precio fiscal de venta de una acción supera su costo fiscal ajustado, después de considerar los conceptos permitidos por la ley. No es lo mismo que observar que el precio subió en la pantalla: el hecho fiscal ocurre cuando vendes.

Si compraste acciones por 100,000 pesos y las vendiste en 120,000 pesos, la diferencia inicial sería de 20,000 pesos. Este ejemplo es una estimación ilustrativa, no una proyección ni una garantía, y supone que no existen comisiones, ajustes, operaciones previas ni otros elementos fiscales que modifiquen el cálculo.

El régimen de la venta de acciones que cotizan en una bolsa reconocida tiene condiciones concretas. La operación debe analizarse según el tipo de título, el mercado donde se realizó, la residencia fiscal del contribuyente y la forma en que se documentó la adquisición.

El momento de la venta cambia el análisis

Mientras conservas una acción, una subida de precio normalmente es una ganancia no realizada. El valor puede aumentar o disminuir, pero no existe todavía una venta que determine el resultado fiscal de esa operación.

Cuando vendes, el intermediario registra el precio, la fecha, el volumen y los costos relacionados. Esa información forma parte de los datos que recibirás en estados de cuenta y constancias. El SAT puede recibir reportes de terceros, pero eso no convierte el reporte en una declaración anual presentada por ti.

Las acciones de empresas extranjeras, los títulos de sociedades que no cotizan en una bolsa reconocida y ciertas operaciones fuera de mercado pueden tener un tratamiento diferente. No conviene trasladar de forma automática el régimen del artículo 129 de la Ley del ISR a cualquier instrumento llamado acción.

La tasa que aplica a la ganancia

Para el ejercicio fiscal 2026, la Ley del ISR establece una tasa de 10% sobre la ganancia derivada de la enajenación de acciones realizada en los supuestos previstos por el artículo 129. La tasa se aplica a la ganancia, no al valor total de la venta. Fuente primaria: Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 129, vigente para el ejercicio fiscal 2026.

Por ejemplo, si el cálculo fiscal determinara una ganancia de 20,000 pesos, el impuesto de referencia sería de 2,000 pesos antes de considerar los elementos que correspondan al caso concreto. Es una estimación ilustrativa basada únicamente en la tasa legal y en los supuestos anteriores. No sustituye el cálculo de tu constancia ni constituye una proyección.

En este régimen, el intermediario financiero suele calcular el resultado anual de las operaciones que administra y efectuar la retención correspondiente cuando la norma lo exige. También debe entregar la constancia de información fiscal aplicable. La retención no elimina la obligación de revisar y, cuando corresponda, presentar la declaración anual.

La tasa de 10% no debe confundirse con la retención provisional de ISR sobre intereses. Para el ejercicio fiscal 2026, la tasa anual de retención sobre intereses fue de 0.9%, con fecha de referencia del 4 de agosto de 2026, de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación. Son ingresos y cálculos distintos.

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Cómo se calcula la base

La base parte de comparar el ingreso por la venta con el costo comprobable de adquisición. Después se aplican los ajustes y conceptos que correspondan conforme a la Ley del ISR y a la información calculada por el intermediario.

Para ordenar cada operación, separa estos datos:

  • Fecha de compra y fecha de venta.
  • Número de acciones involucradas en cada operación.
  • Precio de adquisición y precio de venta, ambos expresados en pesos mexicanos.
  • Comisiones, cuotas y otros costos identificados en los estados de cuenta.
  • Constancia fiscal anual emitida por el intermediario.
  • Resultado de las operaciones con ganancia y de las operaciones con pérdida.

La parte que más errores genera es el costo de adquisición. Una compra fraccionada, varias adquisiciones del mismo título o una transferencia entre cuentas pueden hacer que el dato visible en una plataforma no sea suficiente para reconstruir el costo fiscal.

Un ejemplo para leer la constancia

Imagina que durante el ejercicio fiscal 2026 compraste un paquete de acciones por 100,000 pesos y lo vendiste por 120,000 pesos. Si los documentos del intermediario muestran que el resultado fiscal permitido es de 18,000 pesos después de costos y ajustes, la tasa se aplicaría sobre esos 18,000 pesos, no sobre los 120,000 pesos cobrados.

Con una tasa de 10%, el impuesto de referencia sería de 1,800 pesos. El ejemplo es ilustrativo y usa supuestos propios. La cifra válida para tu declaración es la que resulte de la constancia, la documentación de las operaciones y las reglas vigentes del ejercicio fiscal 2026.

Si operaste en más de una institución, no mezcles los resultados sin revisar primero cada constancia. Una puede reportar ganancias y otra pérdidas, pero la forma de integrarlas depende del régimen aplicable, de la naturaleza de los títulos y de las reglas de compensación.

Nota de Quiero Invertir Mejor: Una regla práctica para revisar tu expediente es construir una hoja de control con tres columnas separadas: costo de compra, resultado fiscal informado y retención efectuada. Si una cifra de tu declaración no coincide con una de esas tres columnas, detén la captura y busca la explicación en el estado de cuenta o en la constancia. La diferencia no siempre significa un error, pero sí merece una fuente documental.

Qué hacer con las pérdidas

Una pérdida bursátil puede tener utilidad fiscal, pero no funciona como un descuento general sobre tus ingresos. La Ley del ISR establece condiciones para aplicar pérdidas contra ganancias de la misma naturaleza y contempla un plazo específico para utilizarlas.

La pérdida debe estar respaldada por las operaciones y por la información fiscal correspondiente. Vender una acción por debajo del precio de compra no basta, por sí solo, para decidir que puede reducir salarios, intereses, rentas u otros ingresos.

Las pérdidas tienen reglas y plazos específicos de aplicación que conviene verificar antes de presentar la declaración. Consulta el artículo 129 de la Ley del ISR en su versión vigente para el ejercicio fiscal 2026 y revisa si la constancia del intermediario identifica el saldo aplicable y el periodo en el que puede utilizarse.

Cuando una pérdida no aparece donde esperabas

Puede ocurrir que una pérdida no se muestre como una deducción común en el borrador del SAT. También puede haber diferencias entre una operación reportada por el intermediario y tus propios registros, por ejemplo, si hubo traspasos, adquisiciones en distintas fechas o una cuenta en otra moneda.

El criterio que pesa más es la trazabilidad: cada resultado debe poder relacionarse con una operación, un estado de cuenta y una constancia. Si faltan documentos, la incertidumbre no se resuelve con una estimación.

DocumentoQué puede mostrarQué debes revisar
Estado de cuentaCompras, ventas, comisiones y fechasQue las operaciones correspondan al ejercicio fiscal 2026
Constancia fiscalResultado anual, retenciones y datos informadosQue coincida con el conjunto de estados de cuenta
Declaración anual del SATInformación precargada y campos para declararQue no falten ingresos, pérdidas o retenciones

Cómo se presenta en la declaración

La declaración anual se presenta en el portal del SAT dentro del régimen y apartado que correspondan al tipo de operación. Para el ejercicio fiscal 2026, debes revisar la declaración anual que el SAT habilite para ese ejercicio y utilizar la información fiscal emitida por tus intermediarios.

El SAT puede contar con datos reportados por instituciones financieras, como operaciones, retenciones o ingresos informados. Esa precarga es una ayuda para revisar, no una confirmación de que todo está correcto. La responsabilidad de declarar ingresos, validar cifras y conservar documentación permanece con el contribuyente.

Ruta de revisión

  1. Descarga los estados de cuenta del ejercicio fiscal 2026 y la constancia de intereses y operaciones que te entregue cada intermediario.
  2. Compara el resultado anual informado con tus compras, ventas, comisiones y posibles traspasos.
  3. Entra al servicio de declaración anual del SAT y revisa los datos precargados.
  4. Identifica si la información corresponde a venta de acciones, intereses, dividendos u otro tipo de ingreso. No todos tienen el mismo tratamiento.
  5. Captura o corrige la información con base en tus documentos y conserva los comprobantes.
  6. Antes de enviar, verifica que el impuesto retenido aparezca correctamente y que las pérdidas se estén aplicando dentro de las reglas permitidas.

Los dividendos requieren una revisión separada. La venta de acciones y el cobro de dividendos no son el mismo ingreso, aunque provengan de la misma empresa. También es posible que existan obligaciones adicionales cuando las acciones fueron adquiridas fuera de México o mediante una estructura distinta a la prevista para operaciones bursátiles locales.

Si la información precargada no coincide con tus documentos, primero identifica si la diferencia está en la fecha, el costo, la moneda, la comisión o el tipo de instrumento. Después consulta al intermediario para solicitar una aclaración o una constancia corregida. El SAT tiene la información de los reportes que recibe, pero no puede reconstruir por ti cada operación.

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